Procedimiento para acceder a la información Pública generada por el Poder Judicial del Estado de Sonora
1. Cualquier persona, por sí misma o a través de su representante, sin necesidad de acreditar interés alguno, podrá presentar solicitud de acceso a información ante la Unidad de Transparencia, a través de la Plataforma Nacional, en la oficina u oficinas designadas para ello, vía correo electrónico, correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.
Unidad de Transparencia del Poder Judicial.
Titular de la Unidad de Transparencia : | Lic. Carlos Alberto Duarte Rodríguez |
Titular de la Unidad Administrativa responsable de publicar información: | Lic. Carlos Alberto Duarte Rodríguez |
Domicilio Oficial : | Calle Galeana #54 entre Dr. Pesqueira y Dr. Aguilar Col. Centenario. Hermosillo, Sonora. |
Teléfonos : | 662-213-9744 |
Horario : | Lunes a Viernes de 8 a 15 Hrs. |
Correo Electrónico : | uenlacestj@stjsonora.gob.mx |
2. Las solicitudes verbales o por escrito se recibirán únicamente en días y horas hábiles (lunes a viernes), con horario de atención de 8:00 a 15:00 horas. Las solicitudes por correo electrónico o a través de la Plataforma Nacional, podrán realizase las 24 horas.
3. REQUISITOS DE SOLICITUD DE INFORMACIÓN.
Para presentar una solicitud no se podrán exigir mayores requisitos que los siguientes:
I.- Nombre o, en su caso, los datos generales de su representante;
II.- Domicilio o medio para recibir notificaciones;
III.- La descripción de la información solicitada;
IV.- Cualquier otro dato que facilite su búsqueda y eventual localización; y
V.- La modalidad en la que prefiere se otorgue el acceso a la información, la cual podrá ser verbal, siempre y cuando sea para fines de orientación, mediante consulta directa, mediante la expedición de copias simples o certificadas o la reproducción en cualquier otro medio, incluidos los electrónicos.
En su caso, el solicitante señalará el formato accesible o la lengua indígena en la que se requiera la información.
La información de las fracciones I y IV será proporcionada por el solicitante de manera opcional y, en ningún caso, podrá ser un requisito indispensable para la procedencia de la solicitud.4. La Solicitud de Información Pública debe reunir los requisitos establecidos en el artículo 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora .
5. El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y sólo podrá requerirse el cobro correspondiente al gasto generado por la reproducción.
En ningún caso los ajustes razonables que se realicen para el acceso de la información de solicitantes con discapacidad, será con costo a los mismos.
a).- Expedición de copias certificadas de documentos por cada |
$ 40.00 |
b).- Por cada disco flexible de 3.5 pulgadas. |
$ 0.00 |
c).- Por cada disco compacto |
$ 64.00 |
d).- Por cada copia simple. |
$ 3.00 |
e).- Por cada hoja impresa por medio de dispositivo informático. |
$ 22.00 |
f).- Por reproducción de documentos mediante digitalización de |
De la primera a la vigésima hoja, gratuito. A partir de la vigésima primera hoja, $3.00, por cada hoja. |
6. Recibida una solicitud, si es verbalmente, se procederá a registrar en un acta o formato la solicitud de información, que deberá cumplir con los registros del artículo 120 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, y se entregará una copia de la misma al interesado. Si la solicitud se realiza através de la Plataforma Nacional de Transparencia que se ofrece en la portada principal de esta página, se enviará acuse de recibo con número de folio y fecha con posterioridad a que sea requisitado el formato de solicitud, el que se entregará para que pueda dar seguimiento a la misma.
7. Una vez que se reciba una solicitud, la Unidad de Transparencia le notificará, en un plazo no mayor a cinco días hábiles siguientes contados a partir del día en que se recibió, si es procedente o no entregarle la información.
8. En caso de no practicarse la notificación a que se refiere el párrafo anterior dentro del plazo de cinco días hábiles, de pleno derecho y sin necesidad de declaración especial se entenderá contestada afirmativamente la solicitud correspondiente, excepto cuando la misma se refiera a información que previamente se encuentre declarada como de acceso restringido. La entrega de la información que corresponda a la afirmativa ficta prevista en este apartado deberá realizarse dentro de un plazo no mayor a quince días hábiles, contado a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva y, cuando fuere el caso de que la información se hubiere solicitado reproducida, ésta deberá entregarse sin costo para el solicitante.
9. Toda solicitud de información deberá ser satisfecha dentro de un plazo no mayor de quince días hábiles a partir de su fecha de recepción, salvedad hecha de lo dispuesto por el punto siguiente.
10. Cuando se solicite información pública con reproducción de los documentos que la contengan, se notificará al interesado dentro de un plazo de cinco días hábiles contado a partir de la fecha en que se haya recibido la solicitud, el monto del pago o los derechos que se causen por la correspondiente reproducción. Si no se realiza el pago respectivo dentro de los siguientes sesenta días naturales se entenderá que el interesado desiste de su solicitud.
11. Una vez que el solicitante compruebe haber efectuado el pago correspondiente, se hará la entrega de la información reproducida de que se trate dentro de un plazo de diez días hábiles a partir de la fecha en que se haya realizado el pago.
12. Cuando no se entregue o ponga a disposición del interesado en tiempo y forma información que se haya solicitado reproducir, el Poder Judicial del Estado de Sonora la entregará sin cargo alguno dentro de un plazo, debiendo además reintegrarse al mismo tiempo el pago de que hubiere realizado por el peticionario.
13. En caso de que la información solicitada sea competencia de otra dependencia, dentro de tres días hábiles se definirá la autoridad competente para entregar la información, y comunicará tal situación al solicitante.
14. La Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Sonora está
ubicada en las oficinas que ocupa la Unidad de Apoyo y Modernización de la Función Judicial,
el cual tiene como domicilio
el siguiente:
Calle Galeana #54 entre Dr. Pesqueira y Dr. Aguilar,
Col. Centenario, Hermosillo, Son.
El correo electrónico para dudas y comentarios relacionados con el apartado y/o derecho de Acceso a la Información y derechos de datos personales, es el siguiente: uenlacestj@stjsonora.gob.mx
Formato para solicitud de Acceso a la Información.
Teléfono: 662-213-9744
15. El peticionario que no este de acuerdo con la respuesta que se haya notificado tiene derecho a interponer Recurso de Revisión en los términos establecidos para tal efecto en la Ley de Transparencia.
Solicitud de Acceso a la Informacion