Obligaciones de Transparencia
Articulo 83 Bis - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica para el Estado de Sonora
Articulo 83 Bis.- Ademas de lo dispuesto en el articulo 81 de esta Ley, los Organos Fiscalizadores de los tres poderes en el Estado, incluyendo los Organos Internos de Control y Evaluacion Gubernamental de cada municipio y el Instituto Superior de Auditoria y Fiscalizacion, asi como, los auditores externos, deberan poner a disposicion del publico y mantener actualizada, en terminos de lo establecido en el presente Capitulo, la siguiente informacion:
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I. Programa anual de auditorias, visitas e inspecciones y programa anual de actividades;
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III. Informe Anual;
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VI. Informe semestral del estado que guarda la solventacion de observaciones a los sujetos fiscalizados;
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VII. Informes sobre la situacion que guardan las denuncias penales, el numero de denuncias presentadas, las causas que las motivaron, las razones sobre su procedencia o improcedencia asi como en su caso, la pena impuesta;

