Obligaciones de Transparencia
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Artículo 73. Además de lo señalado en el Artículo 70 de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
I. Las tesis y ejecutorias publicadas en el Semanario Judicial de la Federación o en la Gaceta respectiva de cada tribunal administrativo, incluyendo, tesis jurisprudenciales y aisladas;
II. Las versiones públicas de todas las sentencias emitidas;
III. Las versiones estenográficas de las sesiones públicas;
IV. La relacionada con los procesos por medio de los cuales fueron designados los jueces y magistrados, y
V. La lista de acuerdos que diariamente se publiquen.