La División de Poderes
Desde que el hombre surgió sobre la tierra tuvo que esforzarse por convivir con sus semejantes. Para resolver los problemas que se iban presentando entre los individuos, inventó leyes para regular el comercio, regular impuestos y hasta para contraer matrimonio.
Desafortunadamente, algunos gobernantes abusaron de estas leyes y decidieron que ellos podían crearlas y aplicarlas a su antojo. Más aún, creyeron que, en caso de que alguien no estuviera de acuerdo con este proceso, ellos mismos podían juzgarlo y castigarlo. Esto provoco descontento entre los ciudadanos y, a la larga, causó desorden y revoluciones.
Algunos pensadores, como el barón de Montesquieu, en Francia, y John Locke, en Inglaterra, empezaron a promover la idea de que el poder no debía concentrarse en una sola persona. Sostuvieron que, para fortalecer a una nación, era necesario existieran diversos órganos del estado que tuviesen funciones distintas: unos elaborarían las leyes, otros las aplicarían y unos terceros las interpretarían y resolverían los conflictos derivados de su aplicación.
Esta división de poderes, así como la independencia que existe entre éstos, constituye la base de un estado democrático. Tanto nuestra Constitución nacional como la estatal establecen que el poder público se ejerce a través de tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
1.- Poder Legislativo
El Poder Legislativo estatal se deposita en una Asamblea de representantes del Pueblo, denominada "Congreso del Estado de Sonora", estipulado en el Artículo 29 de la Constitución de Sonora. Es el encargado de elaborar las leyes que se aplican en toda la entidad. Esta función está encomendada a los diputados locales, los cuales son electos mediante el voto de los sonorenses mayores de 18 años. En Sonora contamos con 21 diputados propietarios y sus respectivos suplentes. La cámara en la cual se reúnen conforma lo que conocemos como Congreso del Estado. Los legisladores estudian los proyectos de ley que les envía el Gobernador del Estado o los que ellos mismos elaboran. Una vez discutidos y aprobados en la cámara, estos proyectos se convierten en leyes que, mas tarde, promulga el Gobernador del Estado para su validez y obediencia. Asimismo, el Congreso tiene la facultad de reformar no solo las leyes estatales, si no también la propia Constitución estatal, para adecuarla a la cambiante realidad social de nuestro Estado. En este caso también se deben seguir los pasos señalados para la elaboración de leyes.
2.- Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo estatal lo ejerce el Gobernador del Estado. El es el encargado de hacer cumplir las leyes elaboradas por el Poder Legislativo Estatal y, al igual que los diputados y senadores, es elegido mediante el voto popular. El Gobernador del Estado puede nombrar secretarios para que lo apoyen en la ejecución de las distintas leyes, ya se traten éstas de salud, educación, trabajo, agricultura, pesca, o cualquier otro de los campos de la administración pública. El Gobernador también nombra al Fiscal General del Estado, quien tiene a su mando al Ministerio Público Estatal y a la Agencia Ministerial de Investigación Criminal; este cuerpo policiaco forma parte del Poder Ejecutivo y no del Poder Judicial.
3.- Poder Judicial
Para el caso de que los ciudadanos violen las leyes, contamos con un tercer poder encargado de resolver esas violaciones. Los integrantes de este poder son los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, los magistrados de los Tribunales Regionales de Circuito, los jueces de primera instancia y jueces locales. Ellos son los responsables de interpretar las leyes y decidir quién tiene la razón cuando una persona le exige a otra el cumplimiento de una obligación, o cuando se suscitan problemas entre las autoridades y los ciudadanos o, incluso, entre las propias autoridades.