Se realiza Tercer Conversatorio Jurisdiccional
entre Juzgadores del Estado y la Federación
Hermosillo, Sonora., 17 de Noviembre de 2017
Con el objetivo de generar un espacio para intercambiar ideas sobre la interacción entre el Nuevo Sistema de Justicia Penal y el Juicio de Amparo, el día de hoy se efectuó el Tercer Conversatorio Jurisdiccional entre Juzgadores del Estado y de la Federación.
Dicho evento tuvo lugar en el Auditorio Presidentes del Poder Judicial del Estado, teniendo como moderadores a la Lic. Griselda Ofelia Pándura Truqui, Magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y al Lic. Evaristo Coria Martínez, Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito.
La Magistrada Pándura Truqui agradeció a los asistentes, que por un bien común en la administración de justicia comparten su tiempo, experiencia y conocimiento en la transición del Nuevo Sistema de Justicia Penal, el cual comentó, sin duda va haciendo historia.
Los temas analizados durante el conversatorio fueron:
- Audiencia inicial. Control de detención. Control provisional preventivo y flagrancia.
Revisiones en puntos fronterizos terrestres y aéreos, por autoridades aduanales o autoridades en funciones de seguridad pública.
Participación del juez de control para calificar la detención cuando el ministerio público es vago o impreciso en su exposición de los hechos o, incluso, no guarda congruencia los hechos expuestos con la hipótesis legal de detención que invoca.
- Conocimiento previo del caso por el juez de enjuiciamiento. Prohibición de intervención.
Cómo interpretar los artículos 20, apartado A, fracción IV de la Constitución y 350, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Sentencia. Momento de su ejecución .
Interpretación del artículo 463, con relación al artículo 412, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Recurso de Apelación.
Análisis de su admisión ante la falla de fundamentos de agravios o de peticiones concretas o, en su caso, contra el auto de no vinculación a proceso. Interpretación del artículo 470, fracción IV del Código Nacional de Procedimientos Penales.
- La omisión del Ministerio Público de cumplir con sus obligaciones en la etapa de investigación.
- Los principios de contradicción, igualdad, imparcialidad y equilibrio procesal que rigen en el NSJP. El amparo indirecto promovido contra actos celebrados durante la audiencia inicial y la suplencia de la queja que en él opera.
En casos en los que se promueva amparo indirecto y el acto reclamado lo constituyan los más importantes pronunciamientos que tienen lugar dentro de la audiencia inicial (detención, vinculación a proceso, medidas cautelares y el plazo de cierre de investigación complementaria).
Presentes estuvieron Jueces y Magistrados del Estado y la Federación en materia penal; el Lic. Luis Fabián Ramírez Mendoza, Coordinador General del Gestión del NSJP del STJ; así como la Lic. Josefina Sánchez Reyes, Oficial Mayor del STJ .