Toman protesta a Magistrados Regionales de Circuito y Jueces de Primera instancia
Hermosillo, Sonora., 30 de Noviembre de 2011
En sesión solemne del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, el magistrado presidente Max Gutiérrez Cohen le tomó la protesta a dos Magistrados Regionales de Circuito y a diez Jueces de Primera Instancia.
Los Magistrados Regionales de Circuito que tomaron protesta son Eligio Román Bernal, en el Primer Tribunal Colegiado Regional en Caborca, y Jesús Gabriela Laborín Gálvez, en el Segundo Tribunal Colegiado Regional en Hermosillo.
Los diez Jueces de Primera Instancia son:
Dora Inés Moreno Arvizu, Juzgado Especializado en Justicia para Adolescentes en Cajeme
Marco Antonio García Robles, en el Juzgado Primero Mixto de Huatabampo
Rosa Dolores López Carrión, Juzgado Cuarto Mercantil de Hermosillo
Hugo David Silva Toledo, Juzgado Mixto de Cananea
Luis Miguel Cota Félix, Juzgado Tercero Penal de Nogales
Octavio Eduardo González Domínguez, Juzgado Primero Familiar de Hermosillo
Nancy Eliuth Zamora Lara, Juzgado Primero Familiar en Navojoa
Luis Fabián Ramírez Mendoza, Juzgado Segundo Mixto, en Huatabampo
Danyla Margarita Romero Loya, Juzgado Segundo Penal en Guaymas
Marcia Patricia Majalca Vasquez, Juzgado Primero Penal en San Luis Río Colorado.
En el acto, la presencia de los integrantes del Supremo Tribunal de Justicia, Magistradas Sandra Luz Verdugo Palacios e Irma Meza Vega, así como los Magistrados Ignacio Islas Contreras, Rolando Antonio Zayas Antillón, Francisco Gutiérrez Rodríguez y Miguel Ricardo Quintana Tinoco, así como del Licenciado José Antonio Ruiz Araujo, Secretario General de Acuerdos del propio Tribunal. Asimismo, los Consejeros del Poder Judicial del Estado Licenciados Roberto Reynoso Dávila, Carlos Gámez Fimbres y Jesús Enríquez Burgos. También, la asistencia del Licenciado Marcos Arturo García Celaya, en su calidad de Presidente de la Barra Sonorense de Abogados, al igual que de los Magistrados Regionales de Circuito, Jueces de Primera Instancia, personal administrativo del Poder Judicial, así como familiares y amigos.
La elección de los magistrados y de los jueces, una de las tareas más complejas y de la mayor trascendencia social
Este es el discurso pronunciado por el Magistrado Max Gutiérrez Cohen, presidente del Supremo Tribunal de Justicia, con motivo de la ceremonia de toma de protesta a magistrados regionales de circuito y jueces de primera instancia:
Celebramos esta sesión de Pleno con el objeto de realizar la toma de protesta constitucional a los dos Magistrados Regionales de Circuito y diez Jueces de Primera Instancia designados por el Consejo del Poder Judicial del Estado en la sesión celebrada el día diecisiete de noviembre del año en curso, una vez que realizó el procedimiento correspondiente en el Concurso de Oposición Libre, a que se convocó públicamente por la Comisión de Carrera Judicial del Supremo Tribunal de Justicia.
Las designaciones realizadas por el Consejo se apegaron a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y para ello se analizaron todos los aspectos previstos en la propia Ley, como son el curriculum vitae de los candidatos, la declaratoria de aptitud de los mismos con los resultados de las evaluaciones respectivas, y en los casos de las personas que se han desempeñado como funcionario judicial, se analizó el expediente personal, las actas de visitas de inspección practicadas en los tribunales o juzgados a los que han estado adscritas, los procedimientos, en su caso, relativos a quejas interpuestas con motivo del desempeño de sus funciones.
La elección de los magistrados y de los jueces ha sido durante largo tiempo, una de las tareas más complejas y de la mayor trascendencia social, pues, como bien decía el insigne Calamandrei en su célebre Elogio de los jueces, “se les confía un poder que, mal empleado, puede convertir a la majestad de la ley en paladín de la sinrazón”.
Esta afirmación es aún más contundente en el contexto del Estado constitucional y democrático de derecho en el que estamos inmersos, pues los juzgadores tienen el deber de impartir justicia con eficiencia, calidad, accesibilidad, transparencia y, sobre todo, con el más amplio respeto a la dignidad de las personas.
Esta es la razón fundamental por la que los jueces no sólo deben ser justos y prudentes, sino también valientes, ecuánimes y entregados por completo a la noble función que están llamados a desempeñar para mantener y defender su independencia; para cumplir y hacer cumplir el principio del debido proceso; para servirse sólo de los medios legítimos que los ordenamientos ponen a su alcance con el fin de conocer la verdad de los hechos; para motivar debidamente las resoluciones que dicten y, desde luego, para emitirlas en un plazo razonable.
A esto habría que agregar que la justicia a la que aspiramos en nuestro tiempo, es una justicia que entiende la importancia de proteger a los más débiles, entre quienes destacan las víctimas de la violencia y de la delincuencia, al igual que las niñas y los niños, cuyo interés superior todos debemos tutelar.
Los derechos de toda persona, mientras nadie los perturba ni contrasta, parecen invisibles e impalpables, y muchas veces inadvertidos, como la buena salud cuando se está sano, pero cuando los derechos son amenazados o violentados, los ciudadanos esperan que el juez personifique esa aspiración milenaria que es la justicia.
Así es como se espera y se exige y se necesita que el juez defienda ese derecho que la ley sólo promete en abstracto. Estas necesidades históricas nos señalan la exigencia de tener jueces conscientes de su propia responsabilidad, imparciales, que actúen con apego a la ley y siempre con sentido de justicia.
La dignidad humana y la necesidad de juzgadores que resuelvan los problemas de las personas, trascienden a través del tiempo y son comunes a todas las naciones, pero en la época actual y en nuestro país en lo particular, son cuestiones vitales que debemos proteger y cultivar, sobre todo en este año 2011, en el que se aprobaron las reformas constitucionales que, por un lado, vinculan a todos los jueces a practicar un nuevo tratamiento jurídico a los derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados sobre la materia, firmados y ratificados por nuestro país, y por otra parte, como todos ustedes saben, se reforma el juicio de amparo, como no se había hecho tan substancialmente desde el siglo XIX. A esto, habría que agregar la discusión sobre el caso Radilla que se llevó a cabo en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, apenas en junio pasado, la cual, entre otras cosas, fue el preludio para el inicio de Décima Época del Semanario del Poder Judicial de la Federación.
En este contexto, también debe citarse la reforma constitucional en materia de justicia para adolescentes, de diciembre de 2005, y la relativa al procedimiento penal, de junio de 2008, la cual, sin duda impacta todo el sistema de enjuiciamiento penal.
Lo que está en juego en estos nuevos paradigmas que se nos presentan, no es de poca o relativa importancia. Los retos que cada reforma constitucional ha implicado son del más alto nivel y nos exigen la concentración y convergencia de voluntades, de inteligencias, de actitudes positivas y sobre todo de nuestra actuación responsable y libre para la aplicación de las reformas constitucionales. Sobre esa base son y deben seguirse los trabajos de implementación de las mismas y finalmente el establecimiento de los criterios y las resoluciones que cumplan con lo esencial que se espera de las reformas y que es el mejoramiento en la impartición de justicia.
Entendemos claramente que la responsabilidad de los magistrados y de los jueces, así como de todos los integrantes del Poder Judicial del Estado, y particularmente en los procesos de implementación de las reformas, debe atender a una visión integral, bien informada de todos los ejes en los que es preciso trabajar y aplicar recursos presupuestales y humanos para que al final del camino se tenga éxito y no dar lugar a riesgos de fracasos o tropiezos que lastimen a la sociedad.
No son pocas las voces que hoy recuerdan que la legitimidad de los jueces no descansa en su origen popular o en su carácter representativo, tal como sucede con los integrantes de los poderes legislativo y ejecutivo. Por ello lo importante es actuar siempre conforme a la naturaleza de la función judicial, con sus características fundamentales de independencia e imparcialidad, y asimismo, considerar que la legitimidad de los jueces, también está en función de la motivación de las resoluciones, que requiere de la expresión clara y ordenada de las razones que justifican las decisiones. Si las resoluciones carecen de motivación o la expresan de forma deficiente o errónea, ello equivale a decisiones arbitrarias que deslegitiman al juez y su función pública.
Por estas razones, es que se nos exige que las sentencias se emitan en forma legal y justa, y sobre todo, sencillamente justas. La función del juez no es redactar un texto lingüísticamente impecable o históricamente entretenido. Un juez escribe para resolver problemas concretos, para servir a fines prácticos y con el fin de regresar la paz a las personas en conflicto. Por eso, el buen juzgador, más allá de las habilidades técnicas, que sí son importantes, requiere del apego a la ley, de la intuición para la justicia y su compromiso con este valor fundamental.
La justicia debe ser comprensible. Todas las personas tienen derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de forma sencilla y comprensible para todos los que no son especialistas en derecho, evitándose, además, el uso de calificativos innecesarios. El rigor técnico y las exigencias propias del lenguaje jurídico, deben ser razonablemente empleados cuando ello es necesario en aras de la construcción de un fallo bien motivado.
La justicia debe ser respetuosa y eficiente. El magistrado y el juez en lo personal y en el ejercicio del gobierno al interior del tribunal o juzgado, deben realizar su función mediante el trato adecuado y justo a las personas que acuden diariamente a los tribunales, cuidando en la realización de sus actos jurisdiccionales, que se materialice la imparcialidad de la judicatura.
Finalmente, la integridad del juzgador fuera del recinto judicial, es una característica imprescindible para la confianza de la sociedad en esa persona, en cuyas manos está resolver los conflictos en que se debaten los derechos más elementales.
La conducta del impartidor de justicia más allá del recinto judicial, no es un elemento accesorio del que se pueda prescindir, sino por el contrario, trasciende hacia la legitimidad de quien juzga. Por tanto, el buen juez entiende que el ejercicio de la función jurisdiccional supone exigencias éticas que no necesariamente son exigibles para el resto de los ciudadanos.
Por eso no basta que los jueces sean materialmente independientes, imparciales, competentes y honorables, sino también deben parecerlo. Las habilidades técnicas permiten al juzgador llevar un despacho actualizado de sus asuntos y emitir resoluciones debidamente fundadas y motivadas, sin embargo, el reconocimiento social hacia la persona del magistrado y del juez también requiere que sea congruente en los diversos aspectos de su vida.