Derechos humanos y el Sistema de Justicia Penal Acusatorio
Ciudad Obregón , Sonora., 28 de Mayo de 2013
El 18 de junio de 2008 se publicó la reforma constitucional en materia penal, que estableció el Sistema de Justicia Penal Acusatorio para México, mediante un control jurisdiccional de todas las fases del procedimiento punitivo, desde el inicio de la averiguación, hasta la ejecución final de las sanciones.
Es necesaria la capacitación y obtención de conocimientos en esta área, pues si es bien aplicado este sistema, logrará disminuir las violaciones a derechos humanos que mayormente se dan en las fases de investigación y ejecución, por parte de la autoridad administrativa o ejecutiva, que en la actualidad no cuenta con verdaderos o eficaces controles de su poder sobre los ciudadanos.
En estos cursos y talleres se obtiene conocimiento sobre los principios fundamentales, garantías y estructura del nuevo sistema, para lograr la conversión de los especialistas, y ayude a atenuar los problemas sociales de criminalidad de manera justa, con respeto a los derechos humanos de los involucrados.
Así, el Dr. Baldomero Mendoza López, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Implementadora del Nuevo Sistema de Justicia Penal, impartió el Módulo 4: “Derechos Humanos”, dentro de la Especialidad para jueces en el Sistema Penal Acusatorio y Oral, que se lleva a cabo en el sur del Estado.
A dicho evento académico asistieron alrededor de 55 funcionarios del Distrito Judicial de Cajeme y se efectuó los días 17 y 18 de mayo del año en curso.
Cabe apuntar que entre los derechos y garantías están:
• Ejecutoriada la sentencia condenatoria, el acusado tiene derecho a interponer el recurso correspondiente, para demostrar el error de hecho o de derecho en que hayan incurrido los jueces y tribunales al dictar sentencia.
Todo imputado declarado absuelto o inocente tendrá derecho a la reparación de daños y perjuicios por el tiempo en que haya estado privado de su libertad o sometido a alguna medida cautelar.
• A que se publique en la prensa la decisión judicial, a efecto de salvar su imagen y su dignidad.
• La víctima tendrá derecho de ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal y, en su caso, impugnarla (garantías de la víctima).